Certificación de Salarios

Certificaciones para: Tramitar Devolución de Impuesto o Declaración de Renta, Tramitar Jubilación o Pensión de Vejez (incluye PRAA), Sobresueldos o Aumento Salarial y Tramitar Pensión de Sobrevivientes.

Requisitos

  1. Formular solicitud al señor Contralor en hoja blanca 8 ½” x 14” de calibre no menor de 20 libras y adjuntar cuatro (4) copias (8 ½” x 14”) y una fotocopia de la cédula de identidad personal. A su vez puede incluir cualquier documento de apoyo para la investigación (talonario, resuelto de nombramiento, etc.).
  2. Presentar el original de la documentación y sus copias en el Centro de Información (Atención al Público), ubicado en la Planta Baja de la Contraloría General de la República, o en las respectivas Oficinas Regionales de la Dirección de Administración y Finanzas de la Contraloría General de la República en el interior del país.

Observaciones

    1. Para solicitar la Certificación de Salarios debe ser funcionario del Gobierno Central (ministerios).
    2. Si la solicitante es de sexo femenino, deberá anotar el nombre completo (incluyendo apellidos de soltera y/o casada), que portaba en el período solicitado.
    3. Si la solicitud es para tramitar jubilación o pensión de vejez, presentar copia de la nota que emite la Sección de Cálculo de la Caja de Seguro Social.
    4. Si la solicitud es para tramitar pensión de sobrevivientes, presentar los respectivos certificados (defunción, matrimonio y/o nacimiento).
    5. El trámite toma un aproximado de 30 días hábiles. Se llamará telefónicamente (residencial) al solicitante para que retire la certificación en el Centro de Información, ubicado en la Planta Baja del Edificio Sede, o en las respectivas Oficinas Regionales, previa presentación de cédula de identidad personal o autorización acompañada de cédula, en caso de ser retirada por terceras personas.
    6. Para consultas puede llamar al teléfono 510-4777 ext.: 8395/8396/8397, Departamento de Investigación y Certificación de Planillas de la Dirección General de Fiscalización.
    7. Solo se certificaran hasta 10 años, tomando en cuenta la Tabla de Vida Documental, reglamentada por la Resolución Núm. 02-Adm del 3 de enero de 2011, publicada en la Gaceta Oficial Núm.26736-B del 2 de marzo de 2011, establece que las planillas del gobierno central solo se mantendrán por un periodo de retención de 35 años en los archivos de la Contraloría General de la República

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