Alcalde y Representante

de corregimiento

En el día de la

consulta

  • Realiza convocatoria  con un mínimo de 30 días antes de la fecha estipulada, garantizando la mayor divulgación de la información, mediante los diferentes medios de comunicación.

 

  • La convocatoria debe señalar el objeto, la forma, fecha y el lugar de la participación ciudadana.

 

 

 

  • Se reúnen en el lugar establecido.

 

  • Establecen los proyectos, montos y prioridad de ejecución.

 

  • Se solicita por votación de los presentes, la aprobación de los proyectos.

 

  • Los proyectos aprobados tienen carácter vinculante. Elaboran Acta que  debe contar con la firma del Alcalde, el Representante  de Corregimiento y miembros de la comunidad participantes.