Luego de formulado y levantado el perfil técnico del proyecto, la Alcaldía o Junta Comunal procede a la realización del procedimiento de selección de contratista que corresponda según monto y tipo de contratación.
El Alcalde o Representante tiene la representación legal dentro del acto público y firma las resoluciones dentro de dicho procedimiento.
Adjudicado el acto público se emite laOrden de Compra o Contrato, y se envía con el expediente a la CGR para su refrendo.
Refrendada la Orden de Compra o Contrato se publica si aplica y se entrega al proveedor.
La unidad de almacén de la Alcaldía o Junta Comunal será responsable de la recepción de los bienes o servicios contratados.