Cómo Contratar y Ejecutar

Se deberá aplicar el tipo de procedimiento establecido en la Ley 22 de Contrataciones Públicas según el monto.

Por Selección de contratista
  • Hasta B/. 3,000.00 (Según Procedimiento de

       Caja Menuda de la Contraloría General de la República.)

 

  • De B/. 3,001.00 a B/. 15,000.00 (Según Decreto 54 de 26 de abril de 2011). Contratación Menor.

 

  • De B/. 15,001.00 a B/. 50,000.00 (Contratación Menor según lo establecido en el Texto Único de la Ley 22, ordenado por la Ley 61 de 2017).

 

 

  • De B/. 50,000.00 en adelante.

       (Licitaciones).

Según monto
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    • Licitación Pública: el precio es el factor determinante, siempre que se cumpla con todos los requisitos y aspectos técnicos exigidos en el pliego de cargos.  (Ver Artículo 53 de la Ley 22 de Contrataciones Públicas).

     

    • Licitación por mejor valor: Se utiliza para la compra de bienes, servicios u obras de mayor complejidad y que superen los B/. 100, 000.00 (Ver Artículo 54 de la Ley 22 de Contrataciones Públicas).
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    • Publicar aviso de convocatoria en el tablero de la entidad durante 2 días hábiles.

     

    • Se realiza el acto público en la fecha y hora acordada.

     

    • Se elabora el cuadro de cotizaciones con las propuestas recibidas.

     

    • Se procede a la adjudicación o declarar desierto, según el caso y se procede a fijar el resultado en el tablero durante 1 día hábil.

     

    • Adjudicado y notificado el cuadro de cotizaciones se procede a confeccionar la O/C o contrato.
  • Al momento de Contratar tienes que considerar:

     

    • Disponibilidad presupuestaria.

     

    • Elaboración de Pliego de Cargos.

     

    • Firma del funcionario responsable en los documentos que lo requieran.

     

    • Adjuntar copia de la nota donde se remite el perfil del proyecto a la Secretaria Nacional de Descentralización, con el sello de recibido.

     

    • Recordar la custodia y seguimiento de la Fianza de Cumplimiento, a fin de asegurar su aplicación o ejecución en tiempo oportuno, en los casos que aplica.

     

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    • No requiere fianza de propuesta ni de cumplimiento, salvo que la entidad lo considere necesario. (Artículo 84 del Decreto 40 que reglamenta la Ley 22 de  Contrataciones Públicas).
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    • La O/C hasta B/. 300.00 no requiere cotizaciones.

     

    • La O/C mayor de B/. 300.00 que no excedan de B/. 1,000.00 requieren al menos 1 cotización.

     

    • Las compras que exceden de B/. 1,000.00  hasta B/. 3,000.00 deben tener al menos 2 cotizaciones.