Impuesto de Bien Inmueble
Preguntas Frecuentes
Fondo derivado de la recaudación del impuesto de inmuebles, asignado a los municipios para la ejecución de obras y proyectos dentro de las áreas y competencias definidas en la Ley 66 de 29 de octubre de 2015 y normativa vigente.
Para el buen funcionamiento de la administración municipal y la ejecución de los proyectos, el Municipio debe tener una estructura básica de funcionamiento tales como: Administración, Asuntos Legales, Desarrollo, Planificación y Presupuesto, Obras y Proyectos, Atención Ciudadana y Transparencia, Servicios, Empresas Públicas y Municipales.
¿A quién corresponde la recaudación del IBI?
La recaudación del impuesto de inmuebles, corresponderá exclusivamente al Ministerio de Economía y Finanzas, que transferirá las sumas recaudadas a los municipios.
¿Quién es el responsable administrativo y financiero del manejo del Fondo del IBI?
Cada municipio es responsable administrativamente y financieramente del manejo de este fondo, cuyo presupuesto requiere de la aprobación de las ¾ partes de los concejales.
¿Cómo se asigna el recurso?
Se asignará a todos los municipios los recursos provenientes de la recaudación del impuesto de inmuebles estimado, correspondiente al año inmediatamente anterior incluyendo multas y recargos, se trasferirá en forma de partidas trimestrales y será acumulable.
La Secretaría de Descentralización aplicará la
Fórmula de solidaridad: Es una fórmula que busca equiparar a los municipios que reciben menos de quinientos mil balboas(B/.500,000.00) en asignación bruta. Esta fórmula es obtenida mediante la suma total de todas las asignaciones que reciban más de quinientos mil balboas(B/.500,000.00) y tengan capacidad de aportar a la solidaridad.
A los municipios cuyos montos asignados sean inferior B/.500,000.00 (Quinientos Mil Balboas), incluyendo:
Territorios Especiales: Las áreas comarcales Kuna Yala, Magungandi y Wargandi que no cuentan con municipios para el proceso de descentralización, pero si con corregimientos, y el corregimiento especial de Puerto Obaldía.
el monto mínimo de B/.500,000.00 (Quinientos Mil Balboas), que se trasfiere a los municipios, será revisado cada dos años y dicho valor puede ser aumentado mas no disminuido del último valor revisado.
¿Cómo se distribuye el recurso?
El monto total asignado al municipio se distribuye de la siguiente forma: 